sábado, 1 de agosto de 2015

Aspecto legal para la practica de la óptica y la optometría

Se toma como referencia a los Estados Unidos que toma a la optometría como la atención primaria en salud.
Se dice que la optometría debe:
·         Satisfacer las necesidades del paciente así los problemas visuales estén relacionados con problemas sistémicos, físicos o psicológicos.
·         Brindar un servicio conveniente disponible y accesible al paciente como horarios, costos, etc
·         Los servicios deben estar basados en la epidemiología según los Estados Unidos del 90 al 95% de los problemas oculares las puede tratar el optómetra.
·         El optómetra debe saber si el paciente acude al profesional correcto por el motivo correcto sino es así debe remitir a mejorar al paciente en conjunto con profesionales de atención primaria, secundaria o terciaria como oftalmólogos, optómetras especializados, médicos generales, neurólogos, psicólogos, etc.
·         Brindar servicios humanísticos, profesionales y éticos; es prioritaria la necesidad del paciente, debe aconsejar y apoyar al paciente.

·         En el siglo XX fue cuando se reglamento el uso de los DPA (agentes farmacéuticos de diagnóstico), los TPA (agentes farmacéuticos terapéuticos)
Se reglamento la última ley de optometría en Colombia.
Las primeras reglas aprobadas en Ecuador fueron en este mismo siglo.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario